Nos encontramos ante un entorno deportivo-mercantil, que nunca ha sido reconocido como tal, pero que aprovecha esa situación para buscar ventajas a nivel mercantil, fiscal, civil, etc., y lo hace de tal manera que se convierte en un producto que el público consume casi a diario, donde se busca obtener beneficios en diferentes vías de negocio, como son el espectáculo que aporte el deporte (con todo lo que ello conlleva aparejado), el negocio por jugadores entre clubes, y la publicidad.
Todo este mercado siempre ha estado formado por entramados societarios que han operado en su mayoría “off the record” para poder conseguir beneficios al favorecerse de ser un mercado hasta ahora poco legislado, o más bien, legislado con poco detalle, al mover las ingentes cantidades de dinero que mueve semanalmente y poder ser un quebradero de cabeza para la administración de justicia entorno a las relaciones mercantiles que puedan mantenerse a nivel internacional.
Por este motivo a nivel nacional, una institución, como ha sido “la liga” solicitó a todos los clubes que entiende como profesionales (equipos de fútbol pertenecientes a la primera y segunda división de fútbol española) un sistema de adecuado de Compliance desde el 31 de Julio de 2018, que controle los riesgos de comisión de delitos socio-económicos en las distintas entidades.
Marco legal nacional e internacional
Los Clubes deportivos se encuentran encuadrados dentro de las persona jurídicas reguladas en nuestro país ya que mantienen una denominación social empresarial, esto les convierte en entidades sujetas a un número de leyes como son nuestra ley general tributaria, la ley de sociedades de capital, las ordenanzas emitidas por las administraciones públicas, el código penal desde la reforma de 2010 y 2015, donde se integró la responsabilidad penal de a empresa en caso de recibir un beneficio a través de la comisión de un ilícito en su nombre, entre otros.
Las entidades profesionales de futbol no están exentas de cumplir la legalidad, ni tampoco lo están sus profesionales, asesorados por abogados fiscalista en busca del beneficio máximo en la exención o el impago e impuestos. Por este motivo, el Compliance cumple un papel clave en el entorno de este negocio deportivo, como es el control de riesgos tanto a nivel interno como externo, debido a que estos clubes mantienen relaciones con otros clubes o empresas pertenecientes a cualquier país del mundo, donde las legislación muchas veces son dispares y donde no se persigue o no es objeto de ser perseguidas algunas actuaciones que aquí sí lo son.
Esto fue lo que motivo a la institución “la liga” a implantar la obligación de mantener un adecuado sistema de Compliance como obligación para los clubes de 1ª y 2ª división, que aunque se vean respaldados por la federación española de futbol como entidad gestora de estos mismos, la institución encargada de gestionar y regular la competición de este deporte es “la liga”, por lo que deben de acatar los requerimientos que emita la liga siempre que cumplan con lo que dicta la legislación vigente y aportando un entendimiento con la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), ya que esta última también trata de controlar las actuaciones no solo de futbolista sino también de clubes.
Principales situaciones de riesgo
Los Clubes deportivos se encuentran encuadrados dentro de las personas jurídicas reguladas en nuestro país ya que mantienen una denominación social empresarial, esto les convierte en entidades sujetas a un número de leyes como son nuestra ley general tributaria, la ley de sociedades de capital, las ordenanzas emitidas por las administraciones públicas, el código penal desde la reforma de 2010 y 2015, donde se integró la responsabilidad penal de a empresa en caso de recibir un beneficio a través de la comisión de un ilícito en su nombre, entre otros.
Las entidades profesionales de futbol no están exentas de cumplir la legalidad, ni tampoco lo están sus profesionales, asesorados por abogados fiscalista en busca del beneficio máximo en la exención o el impago e impuestos. Por este motivo, el Compliance cumple un papel clave en el entorno de este negocio deportivo, como es el control de riesgos tanto a nivel interno como externo, debido a que estos clubes mantienen relaciones con otros clubes o empresas pertenecientes a cualquier país del mundo, donde las legislaciones muchas veces son dispares y donde no se persigue o no es objeto de ser perseguidas algunas actuaciones que aquí sí lo son.
Esto fue lo que motivo a la institución “la liga” a implantar la obligación de mantener un adecuado sistema de Compliance como obligación para los clubes de 1ª y 2ª división, que aunque se vean respaldados por la federación española de futbol como entidad gestora de estos mismos, la institución encargada de gestionar y regular la competición de este deporte es “la liga”, por lo que deben de acatar los requerimientos que emita la liga siempre que cumplan con lo que dicta la legislación vigente y aportando un entendimiento con la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), ya que esta última también trata de controlar las actuaciones no solo de futbolista sino también de clubes.
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Principales situaciones de riesgo
Las principales situaciones de riesgo a nivel penal, que afrontan los clubes, son principalmente a nivel financiero, o relacionados con los delitos socio-económicos. En este caso estaríamos hablando de los delitos contra la hacienda pública y la Seguridad Social, los delitos societarios, las estafas, la corrupción en los negocios, el blanqueo de capitales, la frustración en la ejecución o las insolvencias punibles. Ante estos riesgos las entidades deben desarrollar un análisis exhaustivo a nivel general/departamental y posteriormente analizar las relaciones que se mantienen con todos los terceros ya sean cliente, colaboradores, proveedores o relaciones mercantiles.
Una vez este análisis emite un resultado, deberá de ser volcada esa información en un mapa de riesgos que muestre un kick-off de situación sobre la que deberá de implantar controles la entidad y controlar que se cumpla a nivel general, objeto que llevará acabo el órgano de cumplimiento encabezado por el Compliance Officer u Oficial de Cumplimiento y estar asesorado por el comité ético.
Teniendo clara la situación en la que se encuentra la empresa el siguiente paso será proceder a implantar medidas, protocolos o políticas en aquellas áreas de riesgos que se estén viendo afectadas con objeto de paliar en su mayor medida los riesgos de la entidad y mantener revisiones y supervisiones continuadas que mantengan actualizado este sistema de cumplimiento normativo en los clubes.
A través de las proposiciones de altos juristas en la materia entre ellos, el magistrado de la sala segunda del tribunal supremo Vicente magro, se tratará de promover la creación de un órgano certificador de Compliance Officers y un registro de los manuales de Compliance a fin de protocolizar, con lo que se conseguiría que estos sistemas de Compliance fuesen revisados por instituciones públicas y conseguir fortalecer estos sistemas.
Evolución deporte-empresa
Tenemos que tener en cuenta que cada día es más transparente la relación mercantil entre los clubes, y cada día el público está más informado y tiene mejor seguimiento de los movimientos entre jugadores a nivel financiero y sobre las reglas de cumplimiento del fair play financiero. Por lo tanto, cada día es más claro el negocio que este deporte genera y la obligación que tiene cada día de tener una mayor regulación.
La tendencia es clara hacia la conciencia de conocer todo sobre las entidades, y cada vez menos transparente por parte de las entidades para evitar la revelación de secretos. Pero esto nunca justificará la necesidad de mantener un control empresarial ante la administración, requisito indispensable para evitar la comisión de delitos.
▸Estimado lector, ¡¡gracias por su tiempo!!