La próxima Ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas para delitos de corrupción, propone a los privados implementar un programa de integridad (de compliance), con herramientas tales como: función de compliance, código de ética, línea de denuncias, investigación a proveedores y socios de negocios, gestión de riesgos de cumplimiento. Esperamos que advierta que, con sólo reemplazar el 10% de sus auditores internos por compliance officers, la ecuación comenzará a invertirse.
Un compliance officer debe educar a todos los colaboradores en pautas de comportamiento ético y, en especial, a los que peor mirada tienen de esta función. Tiene que persuadir a los diferentes integrantes de la organización de que opten por las conductas correctas y cumplan con las políticas pautadas. Es central que actúe como asesor de la dirección y, muchas veces, tenga la última palabra en decisiones estratégicas: “Esto no podemos hacerlo” o “hagámoslo pero de tal o cual forma”. Actualmente, vemos que los organismos públicos están más que desamparados de esos guardianes de la reputación organizacional.
Una organización que no gestiona adecuadamente estos posibles problemas tendrá que afrontar sanciones cada vez más severas, tanto a nivel legal como social. Y un organismo público seguirá la misma suerte, ya no quedan dudas de ello. Acciones penales y civiles, eliminación de privilegios fiscales, inhabilitaciones, demandas de accionistas, cuestionamiento mediático e incluso la acción directa de la opinión pública.
Con la reforma del Código Penal mediante la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, se introdujo, por primera vez en la historia de España, la responsabilidad penal de las personas jurídicas para luchar contra la corrupción. Es el desembarco del cumplimiento normativo o “compliance”, como también se le conoce, en nuestro sistema criminal.
Fuente: infobae.com
Rafael Catalá, ministro de Justicia, ha declarado en múltiples ocasiones que una de las medias estrella contra la corrupción ha sido, precisamente, la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
El nuevo fiscal general del Estado, José Manuel Maza, declaró -por su parte- el pasado 22 de diciembre, durante su comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, que “la responsabilidad penal de las personas jurídicas es la herramienta más eficaz, actualmente, para combatir el delito en las organizaciones, en las empresas, en las estructuras. Y muchas veces, de los altos responsables de las estructuras”.
Fuente: confilegal
Compliance penal, una oportunidad y no una carga.
Los profesionales más buscados en el 2017, en el área legal, serán los directores de compliance y los responsables de fiscalidad (tax manager).