El aviso de La Política de Cookies puede llegar a su fín

El aviso de La Política de Cookies puede llegar a su fín
enero 11, 2017| En Los Medios

La Comisión Europea ha propuesto racionalizar la denominada “disposición sobre cookies”, que a su juicio ha dado lugar a un exceso de solicitudes de autorización a los usuarios de Internet. De esta forma, Bruselas afirma las nuevas normas permitirán a los internautas un mayor control de sus entornos y una “vía fácil” para aceptar o rechazar el seguimiento de ‘cookies’.

El paquete de comunicaciones presentado tiene el objetivo de actualizar las reglas actuales y ampliar su ámbito de aplicación a todos los servicios de comunicaciones electrónicas, así como de crear nuevas posibilidades para tratar datos de comunicación y reforzar la confianza y la seguridad en el mercado único digital.

En cualquier caso, la propuesta asegura que no será necesario obtener el consentimiento para las ‘cookies’ invasivas ajenas a la privacidad que mejoran la experiencia de Internet, como por ejemplo recordar el carro de la compra en plataformas comerciales online.

Por último, la propuesta prohíbe las comunicaciones electrónicas no solicitadas por cualquier medio, por ejemplo, mediante correos electrónicos, mensajes de texto y, en principio, llamadas telefónicas, si los usuarios no han dado su consentimiento.

En este sentido, los Estados miembros podrán optar por una solución que otorgue a los consumidores el derecho a oponerse a la recepción de llamadas comerciales de voz mediante el registro de su número en una lista “no llame”. Los operadores que realicen llamadas comerciales deberán indicar su número de teléfono o utilizar un prefijo especial que indique que se trata de una llamada de ese tipo.

Además, la CE ha propuesto aplicar la directiva sobre privacidad y comunicaciones electrónicas a los nuevos proveedores de servicios como WhatsApp, Facebook Messenger, Skype o Gmail, una normativa que hasta ahora únicamente implica a los operadores de telecomunicaciones tradicionales.

Fuente: eitb

¿Qué tipo de cookies existen?

La Agencia Española de Protección de Datos en su “Guía sobre el uso de las cookies” las clasifica en tres tipologías.

Según su finalidad

  1. Cookies técnicas: necesarias para la navegación. Sin éstas, la página web no funcionaría con normalidad.
  2. Cookies de personalización: nos permiten reconocer información como el idioma, tamaño de letra, el tipo de navegador que usamos, etc.
  3. Cookies de análisis: se usan para elaborar estadísticas a partir de las visitas de los usuarios y así elaborar perfiles de navegación de los mismos.
  4. Cookies publicitarias: controlan qué anuncios vemos y cuándo los vemos (frecuencia y contenido).
  5. Cookies de seguimiento: éstas almacenan información acerca del comportamiento de los usuarios tras una observación constante de los hábitos en su navegación. A raíz de ello, se podrá crear un perfil específico para mostrar anuncios en función de lo que ese usuario ha visitado últimamente.

Según quién las gestione

  1. Cookies propias: se envían al terminal del usuario desde un equipo gestionado por el propio editor y desde el que se ofrece el servicio solicitado por el usuario.
  2. Cookies de terceros: se envían al terminal del usuario desde un equipo que no está gestionado por el editor, sino por otra entidad que trata los datos obtenidos a través de las “cookies”.

Según el tiempo que estén activas

  1. Cookies de sesión: están diseñadas para recabar información y almacenar datos hasta que el usuario abandone la página web en cuestión, por lo que ninguna queda registrada en el disco duro del usuario. Sirve para analizar pautas de tráfico.
  2. Cookies permanentes: los datos son almacenados en el disco duro y la web la lee cada vez que se realiza una nueva visita. Se usan, generalmente, para facilitar los servicios de compra y registro, pero tienen fecha de caducidad.

Fuente: elmundo

La Comisión Europea se ha dado cuenta por fin de que este tipo de avisos son contraproducentes y propone limitarlos como parte de una nueva regulación de protección de datos que, de ser aprobada por los Estados miembros, se adoptará el 25 de mayo de 2018. Pero ¿qué es lo que proponen en ella exactamente? En propias palabras de la Comisión:

“Simplificación de las normas sobre las «cookies»: Se racionalizará la denominada «disposición sobre cookies», que ha dado lugar a un exceso de solicitudes de autorización a los usuarios de internet. Las nuevas normas permitirán a los usuarios un mayor control de sus entornos y proporcionarán una vía fácil para aceptar o rechazar el seguimiento de «cookies» y otros identificadores en caso de riesgos para la privacidad.”

La propuesta de la Comisión asegura que ya no será necesario pedir autorización para las cookies no relacionadas con la privacidad pero que sí “mejoran la experiencia en Internet”, como, según los ejemplos que en ella se facilitan, las que permiten almacenar los carritos de compra o aquellas que se utilizan por parte de contadores o sistemas de estadística que quieren medir los visitantes de un determinado sitio web. Se reducirían así los casos en los que las cookies necesitan aprobación por parte del usuario.

¿Por qué este cambio? Desde la Comisión señalan cómo con el aviso de cookies no se ha conseguido el objetivo buscado, sino más bien el contrario: muchos usuarios aceptan sin leer o entender el texto y algunos proveedores se aprovechan para “colar” cookies u otras técnicas de seguimiento sin el consentimiento del usuario final.

Fuente: xataka

A continuación se puede leer el texto completo acerca de la política de cookies publicado por la Comisión Europea

Comisión Europea – Hoja Informativa
Digital Single Market – Normas de privacidad más estrictas para las comunicaciones electrónicas

Bruselas, 10 de enero de 2017

Preguntas y respuestas

¿Por qué la Comisión moderniza las normas europeas de privacidad digital?
Desde la última revisión de la Directiva de privacidad electrónica en 2009, los servicios de comunicaciones electrónicas han evolucionado significativamente. Los consumidores y las empresas dependen cada vez más de los servicios basados ​​en Internet para comunicarse, como la mensajería instantánea, la voz sobre IP y el correo electrónico basado en la web, pero estos servicios no están cubiertos por las actuales normas de privacidad. Al actualizar el marco jurídico, el Reglamento sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas propuesto pretende reforzar la confianza y la seguridad en el mercado único digital, objetivo clave de la estrategia del mercado único digital. El proyecto de Reglamento también armoniza las normas para los servicios de comunicaciones electrónicas con las nuevas normas de nivel mundial del Reglamento General de Protección de Datos de la UE.
A los europeos les preocupa su privacidad. En una encuesta reciente del Eurobarómetro, el 92% de los encuestados dice que es importante o muy importante que la información personal en su ordenador, smartphone o tableta sólo se pueda acceder con su permiso, y también el 92% afirma que es importante o muy importante que la confidencialidad De sus correos electrónicos y mensajería instantánea en línea está garantizada. El Reglamento sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas propuesto trata de abordar esas preocupaciones. Al mismo tiempo, las nuevas normas apoyarán la innovación y aumentarán la confianza de los consumidores.
¿Qué propone la Comisión?
Las piedras angulares de las normas propuestas sobre privacidad y comunicaciones electrónicas son:
Todas las comunicaciones electrónicas deben ser confidenciales. Escuchar, tocar, interceptar, escanear y almacenar, por ejemplo, mensajes de texto, correos electrónicos o llamadas de voz no será permitido sin el consentimiento del usuario. El Reglamento propuesto también especifica cuando el tratamiento de datos de comunicaciones está excepcionalmente permitido y cuando se necesita el consentimiento del usuario.
Debe garantizarse la confidencialidad del comportamiento y los dispositivos en línea de los usuarios. Se requiere consentimiento para acceder a la información en el dispositivo de un usuario – el llamado equipo terminal. Los usuarios también deben aceptar sitios web que usen cookies u otras tecnologías para acceder a la información almacenada en sus computadoras o para rastrear su comportamiento en línea. La propuesta aclara que no se necesita consentimiento para que las cookies intrusivas que no sean de privacidad mejoren la experiencia en Internet (por ejemplo, las cookies necesarias para recordar el historial del carro de compras, para rellenar formularios en línea en varias páginas o para la información de inicio de sesión para la misma sesión). Las cookies establecidas por un sitio web visitado contando el número de visitantes a ese sitio web ya no necesitarán consentimiento.
El procesamiento de contenido y metadatos de comunicaciones está condicionado al consentimiento. La privacidad está garantizada para el contenido de la comunicación, así como los metadatos – por ejemplo, quién fue llamado, el tiempo, la ubicación y la duración de la llamada, así como los sitios web visitados. Los metadatos vinculados a las comunicaciones electrónicas tienen un alto componente de privacidad y deben suprimirse o hacerse anónimos si los usuarios no dan su consentimiento, a menos que los datos sean necesarios para fines de facturación.
El spam y las comunicaciones de marketing directo requieren consentimiento previo. Independientemente de la tecnología utilizada (por ejemplo, máquinas de llamadas automatizadas, SMS o correo electrónico), los usuarios deben dar su consentimiento antes de que se les envíe una comunicación comercial no solicitada. En principio, esto también se aplicará a las llamadas telefónicas de marketing a menos que un Estado miembro opte por una solución que otorgue a los consumidores el derecho de oponerse a la recepción de llamadas de marketing de voz a voz, p. Al registrarse en una lista de no llamar. Los llamadores de marketing tendrán que mostrar su número de teléfono o utilizar un número de prefijo especial que indique una llamada de marketing.
¿Cuáles son los beneficios para los europeos y las empresas?
Los negocios y los ciudadanos se beneficiarán de las normas actualizadas para reflejar los avances tecnológicos. La confidencialidad de las comunicaciones de los consumidores estará protegida en toda la UE, independientemente de la tecnología utilizada.
Al sustituir la actual Directiva sobre privacidad por una normativa directamente aplicable, las empresas y los ciudadanos se beneficiarán de un único conjunto de normas en toda la UE.
Las cookies y otras tecnologías de seguimiento para el anuncio en línea siguen siendo legales, pero se regirán por reglas más claras. Los usuarios disfrutarán de total transparencia sin tener que hacer clic en un banner pidiendo su consentimiento en las cookies cada vez que visitan un sitio web.
Una vez que los usuarios hayan dado su consentimiento, los servicios de telecomunicaciones tradicionales tendrán más oportunidades de procesar contenido de comunicación y / o metadatos para proporcionar servicios adicionales y desarrollar sus negocios.
Los usuarios tendrán más control sobre el spam y las llamadas telefónicas de marketing.
Las normas actualizadas pretenden reforzar la confianza y la seguridad en el mercado único digital de la UE.
Aplicación uniforme de las normas de privacidad electrónica en toda la UE mediante la aplicación por parte de autoridades de supervisión independientes que ya son competentes para hacer cumplir la Directiva General de Protección de Datos

Fuente: europa.eu

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