Gobierno Corporativo de la Empresa

Gobierno Corporativo de la Empresa
abril 30, 2019| Compliance

Un buen gobierno corporativo de la empresa, es el pilar principal para el funcionamiento de los mercados, este fomenta la credibilidad, la estabilidad y ayuda a promover el crecimiento y la creación de riqueza. Podemos decir que el gobierno corporativo son un conjunto de normas, principios y procedimientos que establecen y configuran la estructura y el funcionamiento de los órganos de gobierno de la empresa. Este establece las relaciones entre la junta directivael consejo de administraciónlos accionistas y el resto de partes involucradas, y establece las reglas que establecen el proceso de toma de decisiones sobre la empresa para la generación de valor.

1. Evolución.

Desde las reformas instauradas durante los años 2010 y 2015 por el legislador en materia de cumplimiento normativo penal, los inversores, las sociedades, los mercados y en general la sociedad española, han contemplado la evolución en niveles de exigencia sobre los órganos de administración, dirección y gestión de las diferentes sociedades en materia de responsabilidad penal y transparencia en su operativa y gestión.

Debemos de tener en cuenta que las corporaciones, por su importancia en nuestra sociedad han asumido una conciencia del deber de actuación diligente, como cita la Ley de Sociedades de Capital, y por ello deben de velar por la confianza y el buen desarrollo para poder favorecer nuestro crecimiento económico y nuestro posicionamiento en los mercados internacionales.

El principal problema con el que se en cuentan las empresas a día de hoy, o con el que lidian a diario, estaría dividió en dos escenarios, el control y gestión de los riesgos que atañen a los diferentes órganos de gestión y la atención a los recursos financieros de la compañía y la administración de estos.

2 – Gobierno Corporativo

Los códigos del buen gobierno que establece el legislador para el mercado societario establecido en España, vienen dados por los criterios establecidos por la OCDE con objeto de favorecer el desarrollo y crecimiento económico y la estabilidad en los mercados.

En nuestro ordenamiento encontramos distintos códigos que mantienen unos principios de gobierno ético y diligente para las empresas como son:

  • El Código penal, que impone desde las reformas de 2010 y 2015 responsabilidad penal a las personas jurídicas y a sus administradores, directivos, empleados y el entorno a estas. El legislador a su vez impone medidas por las que pueden atenuar o eximir de responsabilidad las personas jurídicas, como son los sistemas de corporate compliance o cumplimiento normativo con objeto de tener un adecuado gobierno corporativo.
  • La Ley de Sociedades de Capital, en la que queda reflejada la obligatoriedad por parte de los administradores de actuar diligentemente, y no ir en contra de la ley o actuar cometiendo un ilícito.
  • Dentro de las sociedades cotizadas, conocemos el Código de Buen Gobierno, el cual recoge 25 principios y 64 recomendaciones (que deben entender “casi” como obligatorios) en relación con las buenas prácticas en las distintas organizaciones, de carácter voluntario.

El buen Gobierno corporativo se basa en una buena ética empresarial, a través de buenas prácticas que se ven necesarias para el correcto funcionamiento de las organizaciones, o al menos para el funcionamiento acorde a la legalidad establecida en nuestro ordenamiento.

Debemos de entender que junto al desarrollo de las sociedades y la implementación del buen gobierno corporativo, nos encontramos con algo que las sociedades no controlan, siendo así la evolución a nivel de la transformación digital y el constante cambio para ponerse al nivel de vanguardia en un ámbito digital. EL gobierno corporativo se encuentra en un momento en el que se requiere a las personas jurídicas que tengan un adecuado y eficaz sistema de compliance, por ello estos cobran una importancia trascendental, debido a que los gobiernos corporativos tienen un poder dentro de las sociedades que les permiten derivar recursos con objeto de mantener su entorno y su corporación protegida y actualizada.

El correcto funcionamiento de los distintos consejos de administración es un signo del eficiente desarrollo de la organización y por ende un respaldo al crecimiento de la misma de cara a largo plazo ya que servirá de base para una expansión sustentada por una base legal y corporativa. Pero para poder llegar hasta un escenario donde el consejo actúe de manera diligente en todos sus aspectos, debe de conocer muy bien tanto la sociedad como sus áreas de negocio, mantener una comunicación transparente entre los distintos departamento y el gobierno de esta y como objeto fundamental controlar y decidir dentro de las decisiones trascendentales de la empresa.

3 – Gestión de riesgos

La evaluación de riesgos dentro de una persona jurídica es una tarea compleja y sobretodo “costosa”, ya que un análisis exhaustivo de la persona jurídica y su entorno es necesario para poder conocer el riesgo inherente a la misma, el riesgo potencial y la estructura de poderes y autonomía interna de determinadas personas que pueden dinamitar estos últimos.

Las personas jurídicas tienen constancia de la necesidad de implementar determinados controles internos y externos que protejan a la misma como son: Políticas, planes, organización, equipamiento y sistemas de gestión. Estos hacen de cobertura tanto a las empresas a la hora de luchar por una exención dentro de la posible responsabilidad que pueda ser derivada de un ilícito cometido dentro de la persona jurídica, como a los directivos, accionariado y administradores, que no hubiesen cometido el ilícito y hubiesen puesto las medidas necesarias para prevenir el riesgo.

Previo a la implantación de las medidas antes mencionadas, debemos de conocer el riesgo y analizarlo. Esto lo hará una inversión en recursos de la persona jurídica donde se deberá identificar los activos de la persona jurídica, es decir conocer todos los bienes tangibles e intangibles de la sociedad, asociación o fundación; la persona jurídica debe de identificar las amenazas y los riesgos inherentes que mantiene únicamente por la actividad que desarrolla, al igual que cada persona jurídica mantiene un riesgo, únicamente por desarrollar su actividad; la frecuencia de los eventos que se dan en la empres ay el impacto que estos mismos derivan por su desarrollo y junto a esto las opciones de mitigar ese riesgo que derivan los eventos; y por último debemos de considerar el costo del control y el beneficio que obtiene la persona jurídica de no tenerlo implantado, esto supondría otro riesgo sobre la empresa.

Una vez considerados todos estos parámetros conoceremos los riesgos de la persona jurídica y podremos imponer los controles mencionados con objeto de mitigar y gestionar los riesgos de la persona jurídica con objeto de conseguir mantener un buen gobierno corporativo.

4 – Los principios del buen gobierno

  • La posición en la que se encuentran las personas jurídicas respecto del amplio mercado dentro de nuestra sociedad.
  • La estabilidad dentro de las personas jurídicas sobre todo a nivel financiero y de crecimiento
  • La estructuración y organización de la junta directiva que gestiona la persona jurídica
  • La remuneración del personal perteneciente a la persona jurídica y su diferenciación por niveles y responsabilidades.
  • Los órganos encargados del gobierno corporativo y el cumplimiento normativo.

Estos factores son claves para poder alcanzar el buen gobierno corporativo que favorezca el crecimiento, estabilidad y desarrollo de una persona jurídica.

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