Tráfico en Internet, la neutralidad de la red
Grupo Adaptalia trae hoy un tema relacionado con la ciberseguridad y también con la protección de datos: la neutralidad de la red. El derecho de acceso universal, neutral y seguro a Internet es un derecho fundamental. En concreto, Internet es un medio para el intercambio libre, abierto, equitativo y no discriminatorio de la información, la cultura y la comunicación. Desde nuestra consultora en protección de datos nos focalizamos en su faceta de neutralidad.
1. ¿Qué es la neutralidad de la red?
El concepto de neutralidad de la red se basa en el principio formulado por un profesor de la Universidad de Columbia que establece que todos los proveedores de servicios de Internet así como los gobiernos, deben procurar que todo el tráfico de Internet sea tratado por igual. Los proveedores no deberían bloquear o ralentizar el tráfico, ni cobrar una tarifa diferenciada basándose o teniendo en cuenta el tipo de usuario que lo está utilizando o el tipo de servicio que está enviando el contenido.
2. ¿Qué cambios ha sufrido últimamente la neutralidad de la red?
El pasado diciembre de 2017 la Comisión Federal de Comunicaciones de EEUU (FCC) decidió revocar una norma que había sido aprobada por ellos mismos dos años antes y en la cual se garantizaba que ningún operador de comunicaciones procurara un acceso discriminatorio a un servicio prestado a través de Internet.
En ese momento muchos sectores de la sociedad vaticinaron que ese cambio comportaba la eliminación de la llamada neutralidad de la red. A partir de ahora parece que se abre la puerta a un Internet a diferentes velocidades basándose básicamente en criterios económicos, lo cual va en detrimento del derecho a la neutralidad de la red de usuarios y pequeñas empresas que se ven asumiendo en un futuro un cargo económico adicional para poder utilizar o prestar los servicios de la red de una manera óptima.
A mediados de 2018, después de numerosos intentos de veto de esta norma estadounidense por parte de asociaciones, fiscalía general e incluso grandes empresas, la misma se consolidó abriendo la puerta finalmente a un escenario inquietante en este país.
Los defensores del derecho a la neutralidad de internet abogan por reclasificar la banda ancha como un servicio de telecomunicaciones en lugar de un servicio de información, el cual esté amparado por la Ley de Telecomunicaciones estadounidense de 1996. El hecho de considerarlo un servicio de telecomunicaciones implicaría que se le aplicaran requisitos de no discriminación tales como son las reglas de neutralidad de la red.
3. ¿Qué consecuencias podría tener un cambio futuro en el derecho a la neutralidad de Internet?
Los posibles escenarios son muchos, siendo el principal el hecho de tener la posibilidad de implementar escalas en el servicio y por tanto establecer precios distintos para el usuario. El hecho de que nos encontremos con este Internet a dos velocidades va a repercutir sobre todo en las pequeñas y medianas empresas, las cuales van a verse afectadas por una velocidad de carga, un posicionamiento y una visibilidad en buscadores inferior respecto de las empresas de mayor tamaño.
A corto plazo podría no verse ningún cambio en la forma en la que se prestan los servicios, no obstante, más adelante se multiplicarían las ofertas y las posibilidades para conectarse de diversas maneras, dependiendo de los muchos factores que puedan incidir en la prestación del servicio. Los operadores de telecomunicaciones podrían llegar a acuerdos preferentes en el uso de las redes con aquellas empresas que proveen servicios y hagan un uso intensivo de los mismos, dejando en una situación de inferioridad al resto.
Otra consecuencia que también preocupa seriamente a los detractores de un cambio en este derecho, sería la puerta abierta que se deja a que los poderes políticos y económicos para que ejerzan una posible censura en la red, dando pie a que se comiencen a controlar y vetar páginas web, entre otras consecuencias.
4. ¿Qué opina Europa respecto de la neutralidad de la red?
La decisión de poner fin a la neutralidad de la red no es compartida por la Unión Europea. Su opinión se centra en que todo ciudadano europeo debe poder acceder sin restricciones a un Internet abierto. El pago para poder acceder a un servicio prioritario o de mejor calidad en detrimento de la calidad de la red abierta no será permitido en principio.
En Europa contamos desde 2016 con una regulación muy enfocada a la protección de la neutralidad de la red, la Directiva 2002/22/CE y el Reglamento 2015/2120.
Estas normas están destinadas a garantizar un trato equitativo y no discriminatorio del tráfico en la prestación de servicios de acceso a Internet, así como a salvaguardar los derechos de los usuarios finales.
Lo que sí está permitido y existe en Europa actualmente es realizar una discriminación positiva de los servicios prestados a través de Internet, es decir, dar un servicio de mejor calidad a aquel usuario que paga más. No obstante, para no traspasar los límites impuestos por el principio de la neutralidad de la red, esto debe aplicarse únicamente a servicios o contenidos específicos de forma que se favorezca la competencia y se optimicen ciertas conexiones para servicios que precisen de un específico nivel de calidad.
No se contempla de momento la posibilidad de que esta normativa protectora del derecho a la neutralidad de Internet cambie en Europa. El debate al respecto no se ha producido aún abiertamente en las instituciones.
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