Consultora de Igualdad de género

En Grupo Adaptalia actuamos como consultora de Plan de Igualdad, puesto que, en el contexto actual, cada vez es más necesario que las empresas y organizaciones contemplen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombre y la no discriminación por razón de sexo.

Nuestro equipo de expertos le ayudarán con:

  1. Consultoría y adaptación
  2. Registro y auditoría salarial
  3. Asesoría en Igualdad
  4. Sanciones
  5. Contenido Mínimo
  6. Sedes

Plan de igualdad

Con el fin de hacer efectivo este objetivo, se han llevado a cabo diferentes modificaciones legislativas, a través de las cuales se establecen una serie de pautas que garantizan la equidad de ambos sexos en el ámbito laboral.

Entre estas medidas, destacamos la obligación de las empresas y organizaciones que tengan 50 o más empleados de contar con un plan de igualdad, mediante el cual se pueda garantizar el principio de igualdad de sexos y se puedan corregir todas aquellas situaciones o ineficiencias que impidan alcanzar de forma efectiva la igualdad de mujeres y hombres en todos los ámbitos corporativos (salario, promoción profesional, selección, condiciones de trabajo, conciliación de la vida personal, familiar y laboral, etc.).

La incorporación de estas normativas ha supuesto un cambio radical para muchas empresas y organizaciones, ya que, con anterioridad, únicamente las compañías de más de 250 empleados tenían la obligación de implantar planes de igualdad, pero, sin embargo, esta obligación se ha establecido para todas aquellas que cuenten con 50 o más empleados, lo que implica coincidencias en el modo en el que deben actuar un amplio número de organizaciones, con independencia de su tamaño o estructura.

¡Descubra ahora nuestro servicio de elaboración de un plan de igualdad para empresas de 50 o más trabajadores!

Consultora de Plan de Igualdad para Empresas

La igualdad entre mujeres y hombres en el seno de las empresas y organizaciones es algo fundamental para crear un buen clima laboral y aumentar la productividad de los trabajadores.

Es por ello que, desde Grupo Adaptalia, ofrecemos el servicio como consultora de igualdad en Madrid.

La igualdad no entiende de géneros en las empresas y organizaciones. Infórmese ahora y descubra el plan de acción de la consultora Grupo Adaptalia ante posibles diferencias en la igualdad de oportunidades.

Plan de Acción de Grupo Adaptalia

 

Desde la consultora Grupo Adaptalia somos conscientes de la trascendencia que tiene que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades en las empresas y organizaciones que configuran su entorno laboral.

Por este motivo, en nuestra consultora hemos elaborado un plan de acción que le permitirá implantar el plan de igualdad y, mediante éste, adoptar las medidas necesarias para alcanzar el objetivo de lograr una igualdad real entre mujeres y hombres, garantizando coincidencias en los derechos y obligaciones correspondientes a ambos sexos.

Nuestro plan de acción contempla tres fases fundamentales:

Análisis y diagnóstico:

Inicialmente, nuestra consultora analizará la situación de su empresa u organización, evaluándose diferentes aspectos que permitirán recabar la información necesaria para determinar el nivel de igualdad existente en el seno de la misma.

En este sentido, se examinarán diferentes aspectos cualitativos y cuantitativos, los cuales permitirán obtener información detallada sobre ámbitos tales como:

  • Proceso de selección
  • Contratación
  • Clasificación profesional
  • Formación
  • Promoción profesional
  • Condiciones de trabajo
  • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal
  • Retribuciones
  • Prevención del acoso

Implantación:

Una vez realizado el análisis y diagnóstico, nuestra consultora determinará las medidas que resulten procedentes para alcanzar la igualdad de trato de oportunidades entre mujeres y hombres, las cuales serán incluidas en el correspondiente plan de igualdad.

Es importante en este punto comunicar a la plantilla de las empresas u organizaciones la existencia del plan de igualdad y las medidas que contempla.

Seguimiento y evaluación:

El plan de igualdad debe ser evaluado de forma periódica, con el objetivo de analizar en qué grado se están cumpliendo por las empresas y organizaciones los objetivos perseguidos con su implantación y las medidas emprendidas para alcanzar estos objetivos.

Para evaluar el coste del plan de igualdad, deben examinarse los recursos que dedicados a su implantación. También le ayudamos con las subvenciones referentes al Plan de Igualdad.

Servicios como Consultora de Plan de Igualdad

Consultoría y adaptación del Plan de Igualdad

Este servicio se aborda mediante los siguientes pasos.

Compromiso empresarial y comunicado a la plantilla. La empresa u organización realizará una declaración de intenciones que plasmará en un documento que, a su vez, será remitido a la plantilla. El objetivo es que todos los trabajadores conozcan el compromiso que tiene la empresa u organización para mantener la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito corporativo.

Constitución de la comisión negociadora. Según establece la ley, los planes de igualdad deben ser negociados con los representantes de los trabajadores. En este sentido, deberá constituirse un órgano paritario en el que queden reflejados los intereses de la empresa u organización y los de los trabajadores. La comisión negociadora desempeña sus principales funciones en el ámbito de los diagnósticos y de la determinación de las medidas que serán incluidas en el plan de igualdad.

Constitución de la comisión de seguimiento. Una vez aprobado el plan de igualdad, es necesario llevar a cabo un seguimiento con el cual se verifique en qué grado se están ejecutando las medidas del Plan de Igualdad, pues de ello dependerá el nivel de cumplimiento de los objetivos perseguidos con el mismo. Para ello, se constituirá esta comisión de seguimiento, la cual estará integrada por representantes de los trabajadores y de la empresa u organización, tratando de que, en la medida de lo posible, el número de mujeres y hombres que la integren sea equitativo.

Registro y auditoría retributiva. Son dos instrumentos destinados a analizar la situación retributiva de la empresa u organización, con el objetivo de detectar posibles brechas salariales o circunstancias que impidan alcanzar una verdadera igualdad de sexo en el ámbito retributivo. Es importante tener en cuenta que, si bien la auditoría retributiva solo deben llevarla a cabo las empresas y organizaciones obligadas a implantar planes de igualdad, el registro salarial, en cambio, debe ser implantado por todas las empresas y organizaciones, con independencia del número de trabajadores.

Desde nuestra consultora le ayudamos a cumplir con las obligaciones derivadas de estos dos instrumentos, de una forma ágil y rápida.

Diagnóstico de la situación. Implica un análisis exhaustivo del contexto empresarial u organizacional, poniendo el foco en diferentes puntos, tales como:

  • Proceso de selección
  • Contratación
  • Clasificación profesional
  • Formación
  • Promoción profesional
  • Condiciones de trabajo
  • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal.
  • Retribuciones
  • Prevención del acoso

El objetivo que se pretende alcanzar con este análisis es determinar el grado de alcance del principio de igualdad en las empresas y organizaciones y, en virtud de ello, determinar unos objetivos a cumplir y una serie de medidas destinadas a la consecución de dichos objetivos.

Elaboración del plan de Igualdad

Es el documento en el que se recogen las conclusiones obtenidas tras la realización del diagnóstico de situación, los objetivos a cumplir y las medidas destinadas a la consecución de
dichos objetivos por parte de las empresas y organizaciones.

Medida ¿Qué incluye?
Medidas de promoción Clarificar las políticas de promoción.
Facilitar la promoción ante la contratación.
Diseñar programas motivacionales para promocionar.
Medidas de contratación Establecer protocolo de contratación.
Analizar la contratación que se realiza.
Corregir cláusulas que puedan dar lugar a equívocos o desigualdades.
Medidas de formación Potenciar que la formación ofrezca igualdad de oportunidades.
Informar sobre la oferta formativa.
Realizar cursos de reciclaje para aquellos trabajadores que se incorporen después de una baja.
Establecer herramientas que detecten las necesidades formativas.
Medidas de conciliación Ampliación y mejora de los derechos y permisos legales de conciliación.
Acciones de adaptación de la jornada laboral.
Medidas relativas a la retribución Establecer unas medidas retributivas claras y transparentes.
Corregir discriminaciones retributivas injustificadas.
Los permisos de paternidad, maternidad y lactancia no se considerarán absentismo, por lo que no conllevarán penalizaciones económicas.
Medidas de actuación contra el acoso Políticas contra el acoso sexual y contra el acoso por razón de sexo.
Políticas contra el acoso laboral.
Protocolo de acoso laboral obligatorio.
Medidas de comunicación externa Elaborar un manual de comunicación externa e interna no sexista.
Formación sobre el compromiso de la empresa u organización.
Incorporar lenguaje inclusivo.

Registro y auditoría salarial

Son dos instrumentos destinados a analizar la situación retributiva de la empresa u organización, con el objetivo de detectar posibles brechas salariales o circunstancias que impidan alcanzar una verdadera igualdad de sexo en el ámbito retributivo.

Es importante tener en cuenta que, si bien la auditoría retributiva sólo deben llevarla a cabo las empresas y organizaciones obligadas a implantar planes de igualdad, el registro salarial, en cambio, debe ser implantado por todas las empresas y organizaciones, con independencia del número de trabajadores.

Desde nuestra consultora le ayudamos a cumplir con las obligaciones derivadas de estos dos instrumentos, de una forma ágil y rápida.

¡Accede al servicio ahora!

Registro Salarial Obligatorio

Asesoría en Igualdad

En nuestra consultora contamos con un equipo de profesionales especialistas en igualdad, que le asesorarán de forma personalizada, teniendo en cuenta las necesidades de su empresa u organización.

El servicio de nuestra consultora está enfocado a que en todo momento cumpla con la normativa vigente en materia de igualdad.

Sanciones por no contar con un Plan de Igualdad

Evite sanciones de hasta 225.018€ por no tener un Plan de Igualdad. Obtenga toda la información necesaria ahora.

¡Acceda al servicio ahora!

Sanciones Plan de Igualdad

Contenido Mínimo con el que debe contar un Plan de Igualdad

Nuestras sedes de Igualdad

 
FAQS

Preguntas Frecuentes

Órgano colegiado integrado, de forma paritaria, por representantes de la empresa u organización y por representantes de los trabajadores, desempeñando sus principales funciones en el ámbito de los diagnósticos y de la determinación de las medidas que serán incluidas en el plan de igualdad.

En lo que corresponde al Plan de Igualdad Obligatorio, a partir de marzo de 2022, todas las empresas u organizaciones con 50 o más trabajadores deberán contar con un plan de igualdad.

Además, deberá implantarse el plan de igualdad cuando lo establezca el convenio colectivo aplicable a la empresa u organización y cuando así lo establezca la autoridad laboral en el seno de un procedimiento sancionador.

Los planes de igualdad deben tener el siguiente contenido:

  • Determinación de las partes que los conciertan.
  • Ámbito personal, territorial y temporal.
  • Informe del diagnóstico de situación de la empresa u organización.
  • Resultados de la auditoría retributiva.
  • Definición de objetivos cualitativos y cuantitativos.
  • Descripción de medidas concretas, plazo de ejecución y priorización de las mismas, así como diseño de indicadores que permitan determinar la evolución de cada medida.
  • Identificación de los medios y recursos, tanto materiales como humanos, necesarios para la implantación, seguimiento y evaluación de cada una de las medidas y objetivos.
  • Calendario de actuaciones para la implantación, seguimiento y evaluación de las medidas del plan de igualdad.
  • Sistema de seguimiento, evaluación y revisión periódica.
  • Composición y funcionamiento de la comisión u órgano paritario encargado del seguimiento, evaluación y revisión periódica de los planes de igualdad.
  • Procedimiento de modificación.

El incumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad será considerado como una infracción en materia de relaciones laborales y, como tal, puede tener como consecuencia la imposición de sanciones para las empresas y organizaciones de hasta 225.018 €.

Asimismo, la falta de implantación del plan de igualdad determinará la imposibilidad de contratar con entidades del sector público.

No espere más. Desde nuestra consultora podemos ayudarle a evitar sanciones de enorme repercusión.

Suscribete a nuestra Newsletter