El sector de la hostelería puede englobar la prestación de servicios tanto de alojamiento como de restauración. En hoteles y alojamientos turísticos se tratan claramente grandes cantidades de datos personales, muchas veces derivados de las obligaciones legales de registro y comunicación a las autoridades, y no únicamente para la prestación del servicio. En cambio, en el sector de la restauración muchas veces no se es consciente de la importancia del cumplimiento de la normativa de protección de datos y de las grandes cantidades de datos personales que se tratan a diario.
En este artículo sobre la protección de datos para hostelería pretendemos esclarecer muchos aspectos a tener en cuenta para cumplir con los requisitos que establece la normativa, especialmente en el caso del tratamiento de datos efectuado por bares y restaurantes.
Ley de Protección de Datos en Hostelería
La normativa que regula la protección de datos aplicable al sector de la hostelería es el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD).
- Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): es el marco general europeo en materia de protección de datos. Los establecimientos de hostelería que recaben información que contenga datos personales de ciudadanos europeos o estén establecidos en el territorio de la Unión Europea deben cumplir con el RGPD. Es de obligado cumplimiento desde el 25 de mayo de 2018, momento en el cual los preceptos de la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) que contradecían la norma europea quedaron invalidados. Entre ellos es importante destacar que el consentimiento tácito ya no será suficiente para tratar la información proporcionada por el interesado, ahora es necesario obtener el consentimiento expreso para cumplir con la normativa.
- Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD): desarrolla a nivel nacional lo dispuesto por el RGPD y deroga la antigua LOPD. La obtención de datos personales por los establecimientos de hostelería debe realizarse cumpliendo con lo establecido en esta norma pudiendo incurrir en importantes sanciones que pueden llegar hasta los 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual.