5 aspectos fundamentales en Compliance en tiempo de crisis

5 aspectos fundamentales en Compliance en tiempo de crisis
abril 20, 2020| Compliance

✔ En Grupo Adaptalia nos preocupamos por la situación sanitaria y profesional que vivimos en estos momentos. Sabemos que los principales afectados ante esta situación, nuestras personas, son el combustible principal para que funcione el motor empresarial de este país y por ello confiamos en que entre todos conseguiremos superar este escollo que tanto está afectando a nuestra población, a nuestra economía y a nuestro desarrollo.

El tejido empresarial está constantemente variando, más aun viéndose afectado por una crisis como la que está generando el COVID-19, por este motivo debemos seguir soportando entre todas las personas jurídicas el mismo, ya que todo este esfuerzo tendrá su recompensa el día de mañana prometiendo un mercado afianzado, seguro y productivo. Todo mercado como hemos visto a lo algo del tiempo a de ser analizado y estudiado y los sujetos intervinientes cumplir con una serie de parámetros que lo convierten en algo seguro y eficiente. En este aspecto encontramos dos tipos de personas jurídicas, aquellas que cumplen con lo que exige el legislador y aquellas que buscan como aparentar cumplir con lo que dicta nuestra legislación vigente, pero realmente no lo llevan a cabo.

Entrando un poco a valorar la situación actual que estamos viviendo, podemos apreciar que ante este tipo de situaciones las estructuras que establecen los modelos de Compliance o «cumplimiento normativo» son clave para permitir a las empresas que mantengan su negocio, a día de hoy, activo, sin riesgo, productivo y que ayude a combatir esta crisis.

Los cinco pilares en los que se sustentan estos modelos son:

  • Análisis
  • Evaluación
  • Prevención
  • Actuación
  • Gestión

Pilares del Compliance

Análisis

Todas las relaciones tanto de la persona jurídica, como de sus profesionales, así como la actividad y operativa diaria de la empresa deben de ser analizadas con objeto de conocer los riesgos a los que se enfrenta la misma, poder combatirlos y delimitar responsabilidades entre sus profesionales y sus terceros.

Con este paso conoceremos en qué situación se encuentra la persona jurídica y sus relaciones internas y externas, además de conocer con mayor detalle la operativa y estructura de los distintos departamentos.

Evaluación

Ante el resultado de nuestro análisis deberemos de evaluar la situación y los riesgos ante los que nos encontramos, para esto diferenciaremos entre riesgos de mayor gravedad y mayor impacto y los de menor. Esta fase es fundamental a la hora de conocer la inversión en recursos que deberá de afrontar la entidad para combatir estos riesgos. Debemos de recordar que una inversión previsora podrá reducir mucho los costes futuros devenidos de un riesgos inherente a la persona jurídica, que podremos prevenir en vez de necesitar combatir.

Prevención

Una vez analizados y evaluados los distintos escenarios de riesgo para la persona jurídica, tanto externos como internos, deberemos de plantear medidas que ayuden a prevenir la comisión o al menos el desarrollo de estas situaciones que no conseguirían mas que suponer un perjuicio para la persona jurídica.

Estas medidas las conocemos a través de protocolos de actuación, normas de conducta o internas, políticas y códigos sectoriales dentro de la empresa, sumado a otro tipo de informes, códigos y documentos que fundamenten la solidez de la entidad y su gestión interna.

Actuación

No debemos de caer en el error de proponer o implantar medidas sin contrastar su eficacia y esperar a que el riesgo o la alerta aparezca, ya que en la mayoría de los casos será demasiado tarde para reaccionar si el control propuesto no era el adecuado. Por este motivo el legislador exige que los modelos de Compliance o «cumplimiento normativo» sean eficaces, idóneos (es decir proporcionales al tamaño, operativa y actividad de la entidad), adecuado y dinámico (ya que estamos ante sistemas que deben de ser revisados y actualizados con una cierta periodicidad demostrable).

El deber del empresario, como dicta la ley de sociedades de capital, es el de actuar diligentemente y cumplir escrupulosamente lo que dicta nuestra legislación vigente, esto se plasma a través de estos modelos, siendo entidades proactivas, que a través de asesores especialistas en la materia incorporen este tipo de estructuras en sus organizaciones.

Gestión

Por último, pero no menos importante, una vez implantado el modelo de cumplimiento normativo, deberemos de cuidar de que no falle, o por lo menos que no sea por culpa de la entidad y que quien consiga que falle o se lo «salte», lo haga actuando de mala fe, es decir que sea conocedor de las medidas que impiden la comisión de determinados comportamientos contrarios a la legalidad vigente y que tiene la intención de actuar contra ellos. Por todo ello recae en el órgano de cumplimiento o Compliance Officer una importante responsabilidad, que es la de conocer y mantener una comunicación fluida con los distintos departamentos que conformes el entramado de la persona jurídica, con objeto de poder controlar la situación del Compliance implantado en la entidad.

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Conclusión

Sin previsión, prevención y constante actualización del análisis de la operativa de la entidad, no conseguiremos más que gastos y costes innecesarios que repercutirán no solo a nivel legal sino también social sobre la persona jurídica. Grupo Adaptalia, avalada por su bagaje histórico y su expertise en materia de Compliance da servicio a un gran mercado de clientes que a día de hoy se encuentran protegidos en constante evaluación de los riesgos inherentes a sus actividades diarias.

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