¿Qué Empresas están obligadas a realizar el plan de igualdad?

¿Qué Empresas están obligadas a realizar el plan de igualdad?
mayo 16, 2023| Plan de igualdad

En España, todas las empresas que cuenten con una plantilla de 50 o más personas trabajadoras están obligadas a elaborar y aplicar un Plan de Igualdad.

Asimismo, pueden tener obligación de tener Plan de Igualdad, aquellas empresas que vengan obligadas por su Convenio colectivo de aplicación o por una sanción impuesta por una autoridad laboral en la aplicación de un procedimiento sancionador.

Normativa vigente sobre los planes de igualdad en empresas

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, RDLesgislativo 2/2015, RDLey 6/2019, RD 901/2020, RD 902/2020 y RD 713/2010.

Cabe destacar que, aunque la elaboración del Plan de Igualdad no sea obligatoria para empresas con plantillas inferiores a 50 personas trabajadoras, todas las empresas deben garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, tal y como establece el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007.

Características de las empresas que deben tener el plan de igualdad

Es importante tener en cuenta que todas las empresas tienen la obligación de garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, pero sólo aquellas que superen las 50 personas trabajadoras, así venga establecido en su Convenio de aplicación o les sea impuesta una sanción por parte de una autoridad laboral, tendrán la obligación legal de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad.

Fechas límites para implantar el Plan de igualdad en la empresa

Las fechas límites para implantar el Plan de Igualdad en la empresa dependen del tamaño de la plantilla.

Así pues, las empresas que tengan entre 151 y 250 personas trabajadoras debían haber elaborado su Plan de Igualdad desde el 7 de marzo de 2020. Las empresas de entre 101 y 150 personas trabajadoras deberían tener aprobado su Plan de Igualdad a partir del 7 de marzo de 2021 y, por último, las empresas que tengan entre 50 y 100 personas trabajadoras deberán tener aprobado los planes de igualdad a partir del 7 de marzo de 2022.

Por lo tanto, cualquier empresa actualmente debe tener en vigor un plan de igualdad, de lo contrario puede acarrear sanciones.

Fases para la implementación del Plan de Igualdad según el ministerio:

El Ministerio de Trabajo y Economía Social establece las siguientes fases para implementar un plan de igualdad:

  1. Compromiso y liderazgo de la dirección: es fundamental que la dirección de la empresa esté comprometida con la implementación del plan de igualdad y que asuma un liderazgo activo en el proceso.
  2. Análisis de la situación de la empresa: se debe realizar un diagnóstico de la situación de la empresa en materia de igualdad de género, identificando las posibles barreras y desigualdades existentes.
  3. Designación de una comisión negociadora: se debe designar una comisión negociadora que esté compuesta por representantes de la empresa y de las personas trabajadoras, con el objetivo de negociar el plan de igualdad.
  4. Negociación del plan de igualdad: la comisión negociadora debe elaborar el plan de igualdad y negociarlo con los representantes legales de las personas trabajadoras.
  5. Aprobación y registro del plan de igualdad: una vez negociado, el plan de igualdad debe ser aprobado por la dirección de la empresa y registrado ante la autoridad laboral correspondiente.
  6. Implementación del plan de igualdad: se deben llevar a cabo las medidas y acciones concretas incluidas en el plan de igualdad, con el objetivo de eliminar las barreras y desigualdades identificadas y de fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
  7. Evaluación y seguimiento del plan de igualdad: se deben establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del plan de igualdad, con el objetivo de comprobar su eficacia y realizar las adaptaciones necesarias.
  8. Revisión y actualización del plan de igualdad: el plan de igualdad debe ser un documento vivo y en constante actualización, por lo que se recomienda establecer un periodo de revisión y actualización periódico.

 

Fases implementación plan de igualdad

Pasos y requisitos para implementar un plan de igualdad en la empresa

Es necesario resaltar el hecho de que, para que una empresa pueda llevar a cabo la implantación de un Plan de Igualdad, esta debe cumplir con una serie de requisitos específicos que aparecen recogidos en la normativa vigente para la elaboración de Planes de Igualdad. Con esto, también deberá seguir todos los pasos y fases establecidos en la legislación con el objetivo de elaborar un Plan de Igualdad que garantice real y eficazmente la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres.

Realizar un diagnóstico previo de la situación de igualdad de género en la empresa

La elaboración de este diagnóstico se hará con perspectiva de género, tanto la recogida de la información como el análisis de los resultados, ya que consiste en realizar una evaluación de la situación de la empresa en materia de igualdad, tanto en lo que se refiere a la situación dela plantilla como a la gestión interna de la empresa, incluyendo, entre otros aspectos, la evaluación de la brecha salarial, la existencia de situación de discriminación y/o acoso, la presencia de estereotipos de género, entre otros aspectos relevantes.

Por ello, se debe de realizar de acuerdo con los criterios de instrumentalidad, flexibilidad y dinamismo.

Elaborar un plan de actuación con medidas concretas para corregir las situaciones de desigualdad identificadas.

El plan de actuación debe ser específico, medible y alcanzable. Debe contener medidas concretas que aborden las situaciones de desigualdad identificadas y que establezcan plazos para su implementación.

Establecer un calendario para la implementación de las medidas y la evaluación de su efectividad.

El calendario debe incluir los plazos para la implementación de las medidas previstas en el plan de actuación, así como los indicadores que permitan evaluar su efectividad. Debe contar con la participación de la dirección de la empresa y del responsable o equipo encargado de coordinar la implementación del plan.

Designar a una persona responsable o equipo encargado de coordinar la elaboración e implementación del plan de igualdad y de su seguimiento y evaluación.

La persona responsable o equipo encargado debe contar con los conocimientos y habilidades necesarios para coordinar el proceso de elaboración, implementación y seguimiento del plan de igualdad.

Fomentar la formación y sensibilización en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

La formación y sensibilización en materia de igualdad de oportunidades debe ser una actividad recurrente en la empresa y debe abarcar a toda la plantilla.

Evaluar y actualizar periódicamente el plan de igualdad

La evaluación y actualización del plan de igualdad debe ser un proceso continuo y debe realizarse periódicamente para asegurar su efectividad. Además, debe ser objeto de un análisis crítico que permita identificar posibles mejoras y ajustes necesarios.

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Comisión negociadora del Plan de Igualdad

La comisión negociadora es un órgano creado para la negociación y elaboración del Plan de Igualdad en la empresa. Esta comisión está compuesta por la representación de la plantilla y por la representación de la empresa.

En el caso de empresas que cuenten con representación legal de las personas trabajadoras, la comisión negociadora estará formada por dicha representación y por los representantes de la empresa, que serán designados por ambas partes.

En el caso de empresas que no cuenten con representación legal de las personas trabajadoras, la comisión negociadora estará integrada por los sindicatos más representativos y por los sindicatos representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de dicha comisión según el convenio colectivo de aplicación.

La comisión negociadora es un elemento fundamental para el proceso de elaboración y negociación del Plan de Igualdad, ya que permite la participación y el consenso entre los diferentes actores implicados, y garantiza que el Plan de Igualdad se ajuste a las necesidades y características específicas de la empresa.

Su función principal es analizar la situación de la empresa en materia de igualdad de género, identificar las áreas de mejora y establecer las medidas y acciones que se incluirán en el plan de igualdad. Para ello, se lleva a cabo un proceso de negociación y diálogo entre ambas partes, con el objetivo de alcanzar un acuerdo satisfactorio para todas las partes involucradas.

Cabe señalar que la comisión negociadora debe estar formada por un número paritario de miembros y, además, se recomienda que los miembros de la comisión negociadora tengan formación y experiencia en materia de igualdad de género.

Sanciones por incumplimiento de la obligación legal de tener un plan de igualdad

Las sanciones pueden variar en función de la gravedad de la infracción y pueden incluir:

  1. Multas económicas: las empresas que no cumplan con la obligación de tener un plan de igualdad pueden ser sancionadas con multas económicas, cuyo importe dependerá de la gravedad de la infracción.
  2. Infracciones administrativas: el incumplimiento de la obligación de tener un plan de igualdad puede ser considerado como una infracción administrativa, que puede ser sancionada por la autoridad laboral correspondiente.

Según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, la cuantía de las sanciones por infracciones graves en materia de igualdad oscila entre 751 y 7.500 euros. En el caso de las infracciones muy graves, la cuantía puede llegar hasta los 225.018 €euros.

Además de estas sanciones, el incumplimiento de la obligación de tener un plan de igualdad puede tener también otras consecuencias negativas para la empresa, como la pérdida de reputación, el deterioro de la imagen corporativa y la disminución de la motivación y el compromiso de los trabajadores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué se necesita por parte de la dirección?

Es fundamental que la dirección de la empresa esté comprometida con la implementación del plan de igualdad y que asuma un liderazgo activo en el proceso.

¿Qué factores se deben analizar en la empresa?

Se debe realizar un diagnóstico de la situación de la empresa en materia de igualdad de género, identificando las posibles barreras y desigualdades existentes.

¿Qué agentes se deben designar?

Se debe designar una comisión negociadora que esté compuesta por representantes de la empresa y de las personas trabajadoras, con el objetivo de negociar el plan de igualdad.

¿Con quién se debe negociar el plan de igualdad?

La comisión negociadora debe elaborar el plan de igualdad y negociarlo con los representantes legales de las personas trabajadoras.

¿Qué se debe hacer tras negociar el plan de igualdad?

Una vez negociado, el plan de igualdad debe ser aprobado por la dirección de la empresa y registrado ante la autoridad laboral correspondiente.

¿Cómo se debe implementar el plan de igualdad?

Se deben llevar a cabo las medidas y acciones concretas incluidas en el plan de igualdad, con el objetivo de eliminar las barreras y desigualdades identificadas y de fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

¿Cómo se evalúa el plan de igualdad?

Se deben establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del plan de igualdad, con el objetivo de comprobar su eficacia y realizar las adaptaciones necesarias.

¿El plan de igualdad se renueva y actualiza?

El plan de igualdad debe ser un documento vivo y en constante actualización, por lo que se recomienda establecer un periodo de revisión y actualización periódico.

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