PRIMERA. – Objeto y alcance

  1. Las presentes Condiciones Generales de Contratación Ampliadas (en adelante, las “Condiciones Generales Ampliadas”) regulan la relación contractual marco para la prestación de servicios de consultoría y asesoramiento legal por GrupoAdaptalia® que incluyen Protección de Datos; Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (PBC/FT); Igualdad y No Discriminación; Diversidad, Equidad e Inclusión; Subvenciones; Canal Ético; Compliance Penal;  Formación; y Cybercompliance e Inteligencia Artificial (en adelante, los “Servicios”). 
  1. A cada uno de los servicios indicados anteriormente, le corresponden unas condiciones específicas (en adelante, las “Condiciones Específicas”): 
  1. La Hoja de Encargo o Propuesta Comercial (en adelante, la “Hoja de Encargo”) identificará los Servicios concretos contratados, su precio y condiciones económicas. Por otro lado, junto con la Hoja de Encargo, el Cliente suscribirá las Condiciones Generales de Contratación Simplificadas (en adelante, “Condiciones Generales Simplificadas”). Dichas Condiciones Simplificadas vincularán a las presentes Condiciones Generales Ampliadas y a las condiciones específicas aplicables a cada área (en adelante, las “Condiciones Específicas”), que formarán parte integrante del contrato (conjuntamente, el “Contrato”).
  1. En caso de contradicción entre documentos, se seguirá el siguiente orden de prelación: (i)la Hoja de Encargo o Propuesta Comercial debidamente aceptada, donde se delimitan los servicios concretos contratados, su precio y condiciones económicas; (ii) las Condiciones Específicas del Servicio correspondiente; (iii) las Condiciones Generales Simplificadas, (iv) estas Condiciones Generales Ampliadas; y, si existiera, (v) la oferta económica previa a la Hoja de Encargo o Propuesta Comercial.

SEGUNDA. – Documentación contractual y anexos

  1. Forman parte del Contrato, a todos los efectos: (i) la Hoja de Encargo, donde se identifican Servicios concretos contratados, su precio y condiciones económicas ; (ii) las Condiciones Generales Simplificadas, (iii) estas Condiciones Generales Ampliadas; y (iv) las Condiciones Específicas del Servicio correspondiente (indicadas y reflejadas en el epígrafe 1.2 de la cláusula PRIMERA de las presentes Condiciones Generales Ampliadas); que, en su caso, incluirán el Anexo de Encargo de Tratamiento cuando GrupoAdaptalia® actúe como encargado de conformidad con los artículos 4.1º.8) y 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, “RGPD”). Ahora bien, para los servicios de formación en cualquiera de las materias, en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se atenderá específicamente al “Anexo. Tratamiento de datos Servicios Formación” presente en: https://grupoadaptalia.es/condiciones-generales-contratacion/anexo-tratamiento-de-datos-servicios-formacion.
  1. Las Condiciones Generales Ampliadas y las Condiciones Específicas vigentes de cada servicio se entenderán aceptadas y suscritas plenamente por el CLIENTE desde la fecha de firma de las Condiciones Generales Simplificadas, siendo suficiente la mera referencia a las mismas a través de los enlaces web facilitados en el epígrafe 1.2 de la cláusula PRIMERA. En todo caso, el CLIENTE podrá solicitar voluntariamente que se adjunten físicamente las Condiciones Generales Ampliadas y las Condiciones Específicas como Anexo a las Condiciones Generales Simplificadas . Cualquier actualización posterior de las Condiciones Generales Ampliadas y Condiciones Específicas, deberán comunicarse y aceptarse por el CLIENTE y resultarán aplicable a partir del siguiente período de renovación o del hito que se indique expresamente.

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TERCERA. – Duración, vigencia y renovación

  1. Servicios recurrentes: salvo que se indique otra cosa en la Hoja de Encargo, el Contrato tendrá una duración inicial de un (1) año desde su firma y se renovará automáticamente por períodos anuales. El precio del período renovado se actualizará conforme al IPC general publicado por el INE (variación interanual del último índice disponible a la fecha de renovación).
  1. Servicios puntuales: finalizarán con la completa ejecución (por ejemplo, a titulo enunciativo y no limitativo: formación, auditorías, u otros proyectos cerrados por alcance).
  1. No renovación y preaviso: cualquiera de las Partes podrá oponerse a la renovación automática de los servicios recurrentes, mediante preaviso escrito con treinta (30) días de antelación a la fecha de finalización del periodo inicial o del de cualquiera de las prórrogas sucesivas

CUARTA- Resolución

  1. Causas de resolución: los servicios contratados, serán resueltos por las siguientes causas. (i) por voluntad de cualquiera de las partes, mediando preaviso por escrito con una antelación mínima de treinta (30) días; (ii) por voluntad de cualquiera de las partes, cuando medie incumplimiento grave de las obligaciones pactadas por la contraparte, especialmente cuando se produzca un incumplimiento de pago en el plazo previsto. En cualquier caso y, como requisito previo a la resolución del contrato por cualquiera de las partes, se deberá notificar el incumplimiento a la parte incumplidora y conceder un plazo de un (1)  mes desde la notificación para que subsane dicho incumplimiento. Transcurrido dicho plazo, se podrá resolver el contrato. La resolución no exime del pago de los importes devengados hasta la fecha ni de las obligaciones que, por su naturaleza, deban subsistir; (iii) por extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes; (iv) por la declaración de concurso de cualquiera de las partes.
  1. Efectos de la resolución: (i) GrupoAdaptalia® facilitará los entregables y documentación debidamente finalizados y pagados; (ii) el CLIENTE abonará las cantidades pendientes y los hitos devengados; (iii) cesará cualquier licencia de uso concedida al CLIENTE más allá de lo pactado en la cláusula DÉCIMA; (iv) GrupoAdaptalia® no llevará a cabo actualizaciones ni resolverá consultas de ningún tipo respecto al servicio resuelto por incumplimiento del CLIENTE.

QUINTA. – Precio, gastos extraordinarios, formas de pago y facturación.

El precio y la forma de pago vendrán definidos en la Hoja de Encargo, firmado entre el CLIENTE y GrupoAdaptalia®.

Así mismo, cualquier actuación adicional por parte de GrupoAdaptalia®, una vez superada la realización de cuantas acciones se establezcan en la Hoja de Encargo y en las Condiciones Específicas para cada servicio correspondiente, o bien se superen las horas de consultoría establecidas en el mismo; conllevará la contratación de una bolsa de horas, que se podrá contratar en packs de cinco (5), diez (10), veinticinco (25) o cincuenta (50) horas, que conllevarán los siguientes importes:

  • Cinco (5) horas: cuatrocientos (400) euros + IVA, a razón de 125 euros/hora.
  • Diez (10) horas: setecientos cincuenta (750) euros + IVA, a razón de 75 euros/hora.
  • Veinticinco (25) horas: mil setecientos cincuenta (1750) euros + IVA, a razón de 70 euros/horas
  • Cincuenta (50) horas: tres mil doscientos cincuenta (3250) euros + IVA, a razón de 65 euros/hora.

Para la contratación de estas bolsas de horas, bastará con que el CLIENTE y GrupoAdaptalia®, acuerden mediante correo electrónico el paquete de horas, definiéndose en las tarifas anteriormente señaladas. Estas bolsas de horas no tendrán caducidad y podrán utilizarse en cualquier momento, mientras el servicio correspondiente de la Hoja de Encargo continue en vigor. Así mismo, el abono de dichas cantidades deberá efectuarse de manera anticipada por el CLIENTE para que se active dicha extensión del servicio.

Los gastos extraordinarios que, en su caso, pudieran ocasionarse, tales como viajes, dietas, desplazamientos, o cualquier otro razonable en la que pudiera incurrir la prestación del servicio serán facturados de forma independiente, previa liquidación de gastos y previo acuerdo entre las partes.

Asimismo, también se procederá a la facturación independiente de los servicios de traducción que pudieren ser requeridos por el CLIENTE.

De forma genérica se abonarán los servicios: (i) por domiciliación bancaria y (ii) en pago único, es decir, el cien (100) por ciento (%) de la cuantía, a la firma del presente contrato, una vez emitida la factura.  En caso de que, excepcionalmente, se haya acordado en la Hoja de Encargo el pago por transferencia, el CLIENTE deberá abonar igualmente el cien (100) por ciento (%) del importe.

Por su parte, en el supuesto de contratación de servicios de formación, éstos se abonarán al inicio de la misma.  Asimismo, se facturará la formación cuando no haya iniciado y superado el plazo de noventa (90) días desde la firma del contrato por causas imputables al CLIENTE. Aunque dispondrá del plazo de un año desde la firma del contrato para la realización de las formaciones contratadas, el CLIENTE se obliga a satisfacer puntualmente todos los pagos debidos en virtud de lo establecido en este contrato. 

Si se hubiera contratado el servicio de Unidad Técnica Externa de PBCFT, se facturará en función del consumo realizado, con liquidación mensual a mes vencido. Así mismo, una vez transcurrido cada periodo anual de vigencia, el contador de operaciones se reiniciará y los precios por tramo y por suplemento se actualizarán conforme a la variación interanual del IPC.

Si se hubiera optado por el pago fraccionado, el CLIENTE queda informado de que se trata de una forma fraccionada del total del importe indicado en la Hoja de Encargo y que debe ser pagada en su totalidad hasta la finalización de cada anualidad. 

En los supuestos de contratación de segundos años y sucesivos (seguimiento o mantenimiento del servicio), se abonará el cien (100) por ciento (%) del importe en el mes de renovación del contrato. 

En caso de incumplimiento por el CLIENTE de los plazos de pago establecidos, GrupoAdaptalia® podrá, transcurridos 30 días desde el vencimiento del plazo, suspender los servicios contratados y considerar resuelto de pleno derecho el presente contrato, siendo exigible no sólo el importe de los servicios efectivamente prestados, sino también el de los servicios contratados pendientes de realizar. La devolución de los recibos bancarios o la demora en el pago respecto a las condiciones de pago pactadas, llevará consigo la reclamación de los gastos bancarios e intereses de demora por un importe mínimo de 15,00€ según lo previsto en el Art. 5 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, así como la imposición de costas procesales.

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SEXTA .– Impuestos

Salvo indicación en contrario, los precios no incluyen impuestos, gravámenes o tasas de cualquier naturaleza. El IVA/IGIC aplicable se repercutirá en factura según normativa vigente.

SEPTIMA. - Alcance de los servicios y obligaciones de las Partes

  1. Obligaciones de GrupoAdaptalia®: (i) prestar los Servicios conforme a la Hoja de Encargo y a las Condiciones Específicas; (ii) designar un equipo con cualificación adecuada; (iii) informar razonablemente de los avances y entregables; y (iv) observar la confidencialidad y normativa aplicable.
  1. Obligaciones del CLIENTE: (i) colaborar activamente, facilitando acceso a la información, documentos, sistemas y personas; (ii) designar un interlocutor válido con capacidad para tomar decisiones; (iii) proporcionar la información veraz, completa y en plazo; (iv) aprobar o rechazar entregables en los plazos previstos; y (v) cumplir sus obligaciones de pago.
  1. Cambios de alcance: cualquier modificación que suponga alteración de alcance, plazos o costes será objeto de orden de cambio o adenda a las presentes Condiciones Generales Ampliadas con la correspondiente revisión económica y, en su caso, de calendario.
  1. No representación procesal: Salvo pacto expreso, GrupoAdaptalia® no asume la representación procesal del CLIENTE ni interviene como abogado directamente ante órganos administrativos o judiciales. 

OCTAVA. – Relación mercantil

  1. La relación entre las Partes tiene exclusivamente carácter mercantil, sin que exista una relación de carácter laboral entre GrupoAdaptalia® y el CLIENTE, o entre el personal trabajador o subcontratado de GrupoAdaptalia® y el CLIENTE.
  1. En ningún caso el personal trabajador de GrupoAdaptalia® podrá considerarse, de hecho o de derecho, como un empleado del CLIENTE como consecuencia de la celebración o cumplimiento del presente contrato, y por ello dependerá a todos los efectos oportunos única y exclusivamente de GrupoAdaptalia® incluyendo los aspectos laborales, de prevención de riesgos laborales y de Seguridad Social.

NOVENA.- Confidencialidad

  1. Las Partes se obligan a guardar confidencialidad sobre cualquier información, documentación o dato al que accedan con ocasión del Contrato (la “Información Confidencial”), no pudiendo divulgarla ni utilizarla para fines distintos a la ejecución del mismo.
  1.  La obligación no alcanzará a información: (i) de dominio público; (ii) ya conocida por la Parte receptora con anterioridad; (iii) obtenida de tercero legítimo; o (iv) cuya divulgación sea exigida por ley o por autoridad competente, en cuyo caso se informará previamente a la otra Parte cuando sea legalmente posible.
  1. La vigencia de esta obligación se mantendrá durante la relación contractual y por un período adicional de cinco (5) años desde su terminación, sin perjuicio de plazos más amplios previstos por la ley.

DÉCIMA. - Protección de datos personales. 

De conformidad con el RGPD y la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, “LOPDGDD”), le informamos que los datos de los representantes legales y personas de contacto serán tratados por Grupo Adaptalia Legal-Formativo S.L.  (en adelante, “GrupoAdaptalia®”) como Responsable del Tratamiento (RT) con la finalidad de favorecer la comunicación entre las partes, gestionar los servicios de consultoría y asesoramiento jurídico, efectuar el cobro de los mismos y enviarle comunicaciones comerciales sobre productos y servicios relacionados con los que inicialmente haya contratado. No obstante, de conformidad con el art.21 de Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, tiene derecho a oponerse al envío de comunicaciones comerciales dirigiéndose al correo electrónico info@grupoadaptalia.es. La base de legitimación para el tratamiento de los datos es la ejecución del presente contrato (artículo 6.1.b) del RGPD) así como el interés legítimo (artículo 6.1.f) del RGPD en relación con el artículo 21.2 de la LSSICE).  No cederemos los datos a terceros, salvo que preste su consentimiento expreso o en cumplimiento de una obligación legal. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas, cuando procedan, comunicándolo por escrito a nuestra dirección postal C/Julián Camarillo nº 26, 4ª planta izquierda, 28037, Madrid o al correo electrónico legal@grupoadaptalia.es. Si desea más información sobre nuestra Política de Privacidad, puede solicitarla a su Consultor o acudir a nuestra página web:  https://grupoadaptalia.es/politica-privacidad/     

De conformidad con el artículo 28 RGPD y artículo 33 LOPDGDD, respecto al tratamiento de datos personales que GrupoAdaptalia® pueda realizar en calidad de Encargado de Tratamiento, tal y como se ha indicado en la cláusula SEGUNDA, se atenderá a lo dispuesto en el Anexo de Encargado del Tratamiento que, en su caso, recojan las Condiciones Específicas de los servicios contratados. No obstante, para los servicios de formación en cualquiera de las materias, se atenderá específicamente al “Anexo. Tratamiento de datos Servicios Formación” presente en: https://grupoadaptalia.es/condiciones-generales-contratacion/anexo-tratamiento-de-datos-servicios-formacion.

UNDÉCIMA - Propiedad intelectual

  1. Titularidad preexistente: Cada Parte conserva la titularidad de sus conocimientos, metodologías, software, plantillas y materiales preexistentes
  1. Entregables: Salvo pacto expreso, y condicionado al pago íntegro del precio, GrupoAdaptalia® concede al CLIENTE una licencia no exclusiva, no sublicenciable e intransferible para usar internamente los entregables resultantes de los Servicios (informes, protocolos, políticas, modelos, etc.), exclusivamente para sus fines internos y durante la vigencia del Contrato y, tras su finalización, de forma indefinida para el mismo ámbito interno 
  1. Prohibiciones: Queda prohibida la reproducción, distribución, comunicación pública, puesta a disposición, cesión o reutilización de los entregables a favor de terceros sin autorización previa y por escrito de GrupoAdaptalia®, salvo obligación legal o regulatoria.
  1.  Señales distintivas y web: GrupoAdaptalia® es titular de las marcas, nombres comerciales, diseños, imágenes, textos, animaciones, programación y demás contenidos de su sitio web y redes sociales. El acceso a dichos contenidos no implica cesión de derechos. Todo uso ajeno requiere autorización escrita. 

DUODÉCIMA. – Responsabilidad, seguro y limitaciones

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  1.  Responsabilidad de las Partes: Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las partes que actué con dolo o culpa grave en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Hoja de Encargo, en las presentes Condiciones Generales Ampliadas y las Condiciones Específicas correspondientes de cada servicio contratado. La parte que tenga que afrontar cualquier tipo de daño o perjuicio derivado de la actuación de la contraparte, podrá reclamar la indemnización por daños y perjuicios. 
  1. Responsabilidad profesional especial: La realización de los servicios contratados en la Hoja de Encargo, se llevará a cabo por GrupoAdaptalia® a partir de una lectura razonable de los requerimientos establecidos en la normativa vigente que resulta de aplicación, sin que ello suponga garantizar la imposibilidad absoluta de que el CLIENTE pueda incurrir en infracciones o ilícitos penales, administrativos, laborales o de otra índole. Las actuaciones recogidas en el contrato no tendrán la consideración ni el alcance de una auditoría (a excepción de los servicios de auditorías contratados en cualquiera de las materias) y, asimismo, se llevarán a cabo en atención a la información y documentación facilitada por el CLIENTE.  GrupoAdaptalia® no se hace responsable de las consecuencias derivadas de la aportación de información incorrecta por parte del CLIENTE. La documentación se elaborará en atención al estado actual de la información facilitada a GrupoAdaptalia® por parte del CLIENTE, por lo que cualquier cambio o modificación con carácter relevante que se pueda producir con posterioridad, en relación con su organización, estructura, actividad, procesos productivos, tratamientos de datos personales, etc., podría conllevar una revisión o actualización de la documentación, siendo el CLIENTE responsable de deberá notificar dicho cambio a GrupoAdaptalia®
  1. Límite cuantitativo: salvo en caso de dolo o culpa grave y de los supuestos de responsabilidad que no puedan legalmente excluirse, la responsabilidad total agregada de GrupoAdaptalia® por todos los conceptos derivados del Contrato quedará limitada al importe total efectivamente pagado por el CLIENTE por los Servicios que originaron la reclamación en los doce (12) meses anteriores al hecho causante, con el tope del capital asegurado por la póliza de Responsabilidad Civil profesional vigente de GrupoAdaptalia®. 
  1. Exclusiones: GrupoAdaptalia® no será responsable por (i) lucro cesante, pérdida de negocio, contratos, uso, datos, reputación o beneficios; (ii) decisiones empresariales adoptadas por el CLIENTE a partir de informes o recomendaciones entregados, salvo que éstos contengan errores o datos incorrectos por negligencia o mala praxis de GrupoAdaptalia®, no respondiendo esta última si los errores o datos incorrectos han sido facilitados por el CLIENTE; (iii) incumplimientos normativos cuando deriven de la falta de colaboración o suministro de información inexacta o incompleta por el CLIENTE; o (iv) retrasos imputables a terceros o a fuerza mayor. 
  1. Seguro: GrupoAdaptalia® dispone de un seguro de Responsabilidad Civil con un capital asegurado de dos millones de euros (2.000.000 €) para cubrir los riesgos derivados de su actividad.

DÉCIMO TERCERA. –Fuerza mayor. 

Ninguna de las Partes será responsable por el incumplimiento o retraso debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito (incluyendo, entre otros, desastres naturales, incendios, pandemias, conflictos laborales externos, actos gubernativos, cortes generalizados de servicios esenciales o ataques que afecten gravemente a infraestructuras de comunicaciones), siempre que la Parte afectada lo notifique a la otra con la mayor brevedad y adopte medidas razonables para mitigar sus efectos. Los plazos se prorrogarán por el tiempo de duración de la causa de fuerza mayor.

DECIMO CUARTA. – Cómputo de plazos

Salvo cuando expresamente se establezca lo contrario : (i) los plazos expresados en “días” se refieren a días naturales, contados a partir del día natural inmediatamente siguiente al del inicio del cómputo, inclusive, hasta el último día natural del plazo, inclusive; (ii) los plazos expresados en “días hábiles” se refieren a días hábiles en la localidad donde se deba cumplir con la obligación que lleve aparejada el plazo; y, (iii) los plazos expresados en meses o años se contarán de fecha a fecha desde el día de inicio del cómputo hasta el mismo día del último del plazo (ambos incluidos), salvo que en el último mes o año del plazo no existiese tal fecha, en cuyo caso el plazo terminará el día inmediatamente anterior.

DÉCIMO QUINTA. – Comunicaciones

  1. Las comunicaciones entre las Partes relacionadas con el Contrato se efectuarán por escrito (incluido correo electrónico) a las direcciones indicadas en la Hoja de Encargo, y se considerarán recibidas en el momento del acuse o, en su defecto, en el primer día hábil siguiente a su envío.
  1. Las Partes aceptan la validez de la firma electrónica y de la aceptación por medios electrónicos (incluida la aceptación por correo electrónico o plataformas de firma), como prueba de la celebración y contenido del Contrato.

DÉCIMO SEXTA. – Nulidad parcial y modificación

  1. Si alguna cláusula fuera declarada nula o inaplicable, no afectará a la validez del resto, debiendo las Partes sustituirla por otra válida que refleje en la medida de lo posible la finalidad económica de la sustituida,
  1. Cualquier modificación de estas Condiciones Generales Ampliadas requerirá acuerdo escrito entre las Partes. No obstante, las actualizaciones normativas que resulten imperativas podrán incorporarse previa comunicación al CLIENTE.

DÉCIMO OCTAVA. - Ley aplicable y fuero

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Las Condiciones Generales Ampliadas se regirán por la legislación española. Con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles, las Partes designan a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid como competentes para conocer de cualquier litigio derivado del Contrato.

Control de Versiones

Versión Fecha Descripción
1.0 (versión actual) 05/03/2026 Elaboración de las Condiciones Generales de Contratación Ampliadas