La igualdad entre los géneros es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales. Descubra el conjunto de medidas de un plan de igualdad que ofrecemos en Grupo Adaptalia.
Los planes de igualdad se regulan en la LOIEMH (Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres), y sirven para paliar las desigualdades entre mujeres y hombres en las distintas organizaciones.
Una de las características que rige un plan de igualdad es, adoptar la transversalidad de género como uno de sus principios rectores y una estrategia para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres. Ello implica incorporar la perspectiva de género en la gestión de la empresa en todas sus políticas y a todos los niveles
Para poder realizar un plan de igualdad, uno de los primeros pasos es constituir la comisión negociadora, de dicho plan. Esta comisión tendrá diferentes tareas. Una de las principales será desarrollar un diagnóstico de la concreta situación de la organización. A través del análisis del diagnóstico de situación de la organización, la comisión negociadora propondrá una serie de medidas, tendentes a corregir las carencias evidenciadas en la fase previa de diagnóstico.
La negociación de estas medidas es una de las competencias de la Comisión Negociadora, según el artículo 6 del Real Decreto 901/2020. Estas medidas tienen el objeto de conseguir que se respete el principio de igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. Las organizaciones deben adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres; y deberán negociarse con los representantes legales de los trabajadores.
En estas medidas se fijarán los concretos objetivos a alcanzar, las acciones comprometidas para conseguirlos, los recursos dotados a tal finalidad, los plazos de consecución y las personas responsables de llevar a cabo tal cometido.