
El consentimiento informado es un mecanismo jurídico esencial en el ámbito de la protección de datos. Consiste en la manifestación libre, específica, informada e inequívoca por la cual una persona acepta el tratamiento de sus datos personales.
Este principio es fundamental para garantizar la tutela efectiva de los derechos fundamentales del interesado y es exigido por el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD).
Las consecuencias de su ausencia son graves pudiendo derivar en sanciones administrativas, impugnaciones de tratamientos y vulneraciones de derechos. La presente comunicación jurídica abordará en detalle su concepto, requisitos, ejemplos, modalidades, modelo estándar y concluirá con reflexiones clave.
El consentimiento en protección de datos
El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (en adelante, RGPD) define el consentimiento como una manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca mediante la cual el interesado acepta, a través de una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de sus datos de carácter personal (arts. 4.11 y 7 RGPD). En consecuencia, se prohíben tanto el consentimiento tácito como cualquier forma de aceptación basada en casillas previamente marcadas o inacciones que puedan inducir a error o suponer ambigüedad.
En el ordenamiento jurídico español, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), complementa esta definición estableciendo distintas tipologías de consentimiento: inequívoco, tácito, expreso y expreso por escrito, en función de la naturaleza y sensibilidad de los datos objeto de tratamiento. Especialmente en el tratamiento de categorías especiales de datos, como los relativos a salud, ideología, afiliación sindical o convicciones religiosas, se exige un consentimiento expreso e, incluso, por escrito.
Por su parte, el artículo 5.1.a) del RGPD consagra el principio de licitud, lealtad y transparencia en el tratamiento de datos personales. Asimismo, el artículo 6 enumera las bases jurídicas que habilitan el tratamiento lícito de los datos, entre las cuales se encuentran: la ejecución de un contrato, el cumplimiento de una obligación legal, la protección de intereses vitales del interesado o de otra persona física, el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, el interés legítimo del responsable o de un tercero, y el consentimiento del interesado.
Tipos de consentimiento informado
Según la normativa española y sectorial en materia de protección de datos personales, se distinguen varias clases de consentimiento, cuya validez dependerá de su adecuación a los principios establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD):
Consentimiento inequívoco:
Se manifiesta mediante una acción afirmativa clara que no deja lugar a dudas sobre la voluntad del interesado. Puede consistir en gestos, conductas activas o selecciones voluntarias realizadas de forma consciente. Constituye la forma exigida por defecto para el tratamiento de datos personales de carácter general.
Consentimiento tácito:
Ha sido suprimido como forma válida bajo el RGPD, por lo que no se admite que el consentimiento pueda inferirse del silencio, la inacción o la omisión. Solo puede contemplarse en supuestos muy restringidos establecidos expresamente en normativas sectoriales específicas, y siempre bajo condiciones estrictas de legitimación.

Consentimiento expreso:
Es exigido para el tratamiento de categorías especiales de datos, como aquellos que revelan el origen racial o étnico, las convicciones religiosas, la orientación sexual o los datos relativos a la salud. Su otorgamiento requiere una declaración expresa por parte del interesado, verbal o escrita, que acredite su voluntad libre e informada.
Consentimiento expreso y por escrito:
En determinados casos, como el tratamiento de datos especialmente sensibles relacionados con la ideología, religión, afiliación sindical o vida sexual, la legislación nacional exige que el consentimiento, además de ser expreso, conste formalmente por escrito, a fin de garantizar un mayor nivel de protección y prueba documental.
Consentimiento electrónico:
Admitido válidamente en entornos digitales, siempre que cumpla con los requisitos de transparencia, acción afirmativa y capacidad de demostración. Puede formalizarse mediante la marcación de casillas no preseleccionadas, firmas electrónicas u otros mecanismos técnicos que acrediten la voluntad del interesado.
Asimismo, en entornos digitales es frecuente el uso de mecanismos adicionales como el doble opt-in, especialmente en servicios de suscripción, que refuerzan la trazabilidad y validez del consentimiento otorgado mediante una doble confirmación voluntaria del titular.
Ejemplo de consentimiento informado en el ámbito sanitario-administrativo
A continuación, se expone un modelo de cláusula de consentimiento informado, conforme RGPD y a la LOPDGDD:
DOCUMENTO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA EL
TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
- Identificación del responsable del tratamiento
Responsable: [Nombre completo o razón social]
CIF/NIF: [__________]
Domicilio: [Dirección postal completa]
Datos de contacto: [Teléfono y correo electrónico]
- Finalidad del tratamiento
Los datos personales recabados serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones contractuales, administrativas, comerciales o informativas que puedan establecerse entre el titular de los datos y el responsable del tratamiento, así como para el envío de comunicaciones relacionadas con los servicios o productos ofrecidos por la entidad.
- Base jurídica del tratamiento
El tratamiento se fundamenta en el consentimiento libre, específico, informado e inequívoco del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), y, en su caso, en la ejecución de un contrato o en el interés legítimo del responsable, según el tipo de relación que se establezca.
- Categorías de datos tratados
- Datos identificativos: nombre, apellidos, documento de identidad, dirección postal, correo electrónico, número de teléfono.
- Datos profesionales o comerciales: empresa, puesto, área de actividad.
- En su caso, otros datos necesarios para el cumplimiento de las finalidades declaradas, siempre dentro del marco legal vigente.
- Destinatarios de los datos
Los datos no serán cedidos a terceros, salvo en aquellos casos en que resulte legalmente obligatorio o cuando sea estrictamente necesario para la prestación de los servicios contratados, en cuyo caso se informará previamente al interesado.
- Derechos del interesado
El titular de los datos podrá ejercer, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, así como revocar el consentimiento prestado sin efecto retroactivo. Estos derechos podrán ejercerse mediante solicitud dirigida al responsable, utilizando los datos de contacto indicados en el encabezamiento.
- Plazo de conservación de los datos
Los datos personales se conservarán mientras subsista la relación jurídica, contractual o comercial entre las partes, y posteriormente durante los plazos exigidos legalmente para el cumplimiento de obligaciones fiscales, mercantiles o administrativas.
- Declaración de consentimiento
Yo, D./D.ª [Nombre y apellidos del interesado], con DNI/NIE [__________], declaro haber sido informado/a de forma clara y comprensible acerca del tratamiento de mis datos personales en los términos anteriormente expuestos, y consiento expresamente dicho tratamiento conforme a la base jurídica descrita.
Firma del interesado: ________________________
Fecha: ___ / ___ / ______

El consentimiento informado constituye un pilar esencial dentro del marco normativo de protección de datos personales, tanto a nivel europeo. Su función no se limita a habilitar jurídicamente el tratamiento de datos, sino que representa una manifestación del principio de autodeterminación informativa y de respeto a la voluntad del titular de los datos.
Este consentimiento, para ser válido, debe reunir condiciones estrictas: ha de ser libre, específico, informado, inequívoco y, en determinadas circunstancias, expreso y por escrito. De esta forma se rechaza el consentimiento tácito o presunto, exigiendo acciones afirmativas que reflejen de forma fehaciente la voluntad del interesado.
En Grupo Adaptalia, entendemos que el consentimiento informado no es solo una formalidad, sino un elemento clave para garantizar la legitimidad y la transparencia en el tratamiento de datos personales. Por eso, acompañamos a empresas y entidades públicas en la implementación de mecanismos eficaces para su obtención, documentación y gestión, asegurando el cumplimiento normativo y reforzando la confianza de los usuarios.
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