Plan de igualdad en España

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Plan de igualdad en España - Grupo Adaptalia|Plan de igualdad en la empresa - Grupo Adaptalia

En España, la lucha por la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres ha sido un proceso continuo y progresivo. Un componente clave en este esfuerzo es el Plan de Igualdad, una herramienta destinada a asegurar que las organizaciones y empresas promuevan un entorno laboral equitativo libre de discriminación. Las empresas, como actores fundamentales de la sociedad, tienen la responsabilidad de promover un entorno de trabajo donde hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades. Por ello, el Plan de Igualdad se configura no solo como un compromiso ético, sino también como un imperativo legal que contribuye a la construcción de una sociedad más justa e inclusiva.

A través del presente artículo se pretende proporcionar una visión detallada sobre los Planes de Igualdad en España, examinando quiénes están obligados a implementarlos, cómo se llevan a cabo, las sanciones por incumplimiento, así como los efectos derivados de su aplicación y efectividad.

Plan de Igualdad: sujetos obligados

El Real Decreto-Ley 8/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidad entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación establece que todas las empresas que cuentan con una plantilla de más de 50 trabajadores deben elaborar un Plan de Igualdad. Asimismo, quienes por Convenio Colectivo de aplicación o por sanción de la autoridad laboral estén obligados deben tener el Plan de Igualdad correspondiente. Si bien para el resto de las empresas no se configura como una obligación contar con dicho Plan de Igualdad, todas deben garantizar la igualdad de trato de sus trabajadores.

Dependiendo el número de trabajadores de la empresa, el plazo para elaborar el Plan de Igualdad varia, yendo desde el 7 de marzo de 2020 para aquellas empresas de entre 151 y 250 trabajadores hasta el 7 de marzo de 2022 para las empresas de entre 50 y 100 trabajadores. En todo caso, actualmente cualquier empresa con dicho número de trabajadores debe tener implementado un Plan de Igualdad.

Implementación de un Plan de Igualdad

En primer lugar, la elaboración de un Plan de Igualdad requiere de un diagnóstico previo con perspectiva de género en el que se recoja información relevante para el caso y se analicen los resultados, evaluando la situación de la empresa de forma previa en materia de igualdad. Datos relevantes a este respecto son la existencia de situaciones de discriminación, la presencia de estereotipos de género o la brecha salarial entre otros. De dicho diagnóstico de la situación se deben identificar posibles desigualdades y áreas de mejora en la empresa.

Plan de igualdad en la empresa - Grupo Adaptalia

Basado en dicho diagnostico se deberá elaborar un Plan de Igualdad en el cual se incluyan los objetivos y las medidas específicas destinadas a la consecución de estos, así como un calendario de implementación e indicadores de seguimiento. Para la elaboración del Plan de Igualdad se debe designar una Comisión Negociadora compuesta por representantes de la propia empresa y de los trabajadores. De contar los trabajadores de la empresa con representación legal será dicho representante quien forme la Comisión Negociadora de parte de los trabajadores. Por el contrario, de no contar con dicha representación, la Comisión Negociadora estará integrada por los sindicatos más representativos, así como por los sindicatos más significativos del sector al que pertenece la empresa que tuvieran legitimación para formar parte de dicha Comisión en base al Convenio Colectivo de aplicación. Se recomienda que los miembros de la Comisión tengan formación en materia de igualdad de género y estar formada por un número paritario de miembros.

Las medidas a adoptar deberán abarcar múltiples áreas, desde la selección del personal, hasta su formación y la conciliación de la vida laboral y personal de los trabajadores, debiéndose prestar atención especial a aquellas áreas de mejora encontradas en el diagnóstico previo elaborado.

Una vez dicho Plan de Igualdad haya sido elaborado debe quedar registrado en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, gestionado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. El Registro resulta obligatorio y permite a las autoridades supervisar el cumplimiento de la normativa. Asimismo, todas aquellas medidas, acordadas o no, adoptadas conforme a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres o específicas para prevenir el acoso sexual o el acoso por razón de sexo en el trabajo podrán ser registradas o depositadas en el Registro.

Asimismo, una implementación efectiva del Plan de Igualdad requiere un seguimiento continuo y una evaluación periódica de las medidas adoptadas para poder realizar los ajustes necesarios. En esta fase cobra especial importancia la Comisión de Igualdad asegurando que las medidas se lleven a cabo según lo planificado y se alcancen los objetivos establecidos. A raíz de este seguimiento se deberán producir revisiones en el Plan de Igualdad para adaptarlo a los cambios normativos y de la propia empresa.

Se configura en este entorno fundamental que la dirección de la empresa se encuentre comprometida con el Plan de Igualdad y su implementación, adoptando una postura activa en el cumplimiento de este. El Plan de Igualdad debe ser alcanzable y medible, conteniendo medidas concretas que traten de dar solución a las situaciones de desigualdad identificadas y estableciendo plazos concretos para su implementación.

Resulta vital asimismo realizar tareas de formación y concienciación en materia de igualdad en el seno de la empresa.

Sanciones

Las sanciones derivadas por conductas contrarias al principio de igualdad y no discriminación vienen referidas tanto a no contar con un Plan de Igualdad cuando el mismo se configura obligatorio como en adoptar un Plan de Igualdad irregular tanto en su contenido como en relación a las partes negociadoras, así como no aplicar el Plan de Igualdad conforme a lo pactado.

El incumplimiento de la obligación de implementar este Plan de Igualdad puede traer sanciones significativas, diseñadas para asegurar la responsabilidad empresarial en materia de igualdad de género. Las sanciones graves en virtud de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social oscilan entre 751 y 7500 euros, mientras que por sanciones más graves se puede incluso ha llegar a penalizar con 225.018 euros.

La cuantía de la sanción se determina dependiendo el número de trabajadores afectados, la gravedad de la discriminación sufrida, así como la intencionalidad de la empresa y la reincidencia de la acción. Por ello, las sanciones pueden ir desde multas hasta penalizaciones administrativas como pérdidas de beneficios o ayudas públicas o la prohibición de contratar con el sector público.

Además, las sanciones derivadas del incumplimiento de adoptar un Plan de igualdad, o no adoptar el mismo conforme a la normativa no solo conlleva sanciones económicas, sino que puede perjudicar la imagen de la empresa de cara a terceros e impedirle acceder a subvenciones o ayudas públicas.

La igualdad de género no es solo una cuestión de justicia social, sino también un factor determinante para la sostenibilidad y la competitividad de las empresas. Un entorno laboral en el que se pruebe la igualdad de oportunidades contribuye a mejorar el clima laboral, aumentando la satisfacción y retención del personal. Sin embargo, dicho camino hacia la igualdad real requiere un compromiso continuo y un esfuerzo concertado por todas las partes interesadas. Para ello, las empresas deben ver el Plan de Igualdad no como una mera formalidad, sino como una oportunidad para reflexionar sobre sus prácticas y adoptar medidas concretas que generen un impacto positivo en la vida de los empleados y de la sociedad en general.

En conclusión, la implementación de un Plan de Igualdad se configura como un paso crucial para avanzar hacia una sociedad más inclusiva y equitativa. A través de dicho Plan de Igualdad las empresas no solo cumplen con sus obligaciones legales, sino que también promueven un entorno de trabajo más justo. Por ello, contar con un Plan de Igualdad es altamente recomendable.

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